Imputabilidad juvenil a los 14 años: claves del nuevo régimen penal que rige en todo el país
La ley 27.801 entró en vigencia este sábado tras 180 días desde su publicación en el Boletín Oficial. Establece sanciones graduadas y penas de hasta 15 años para los delitos más graves, mientras que al menos seis menores acusados de homicidio quedaron fuera de su alcance por la fecha de los hechos.

La ley 27.801 comenzó a regir este sábado en todo el país, 180 días después de su publicación en el Boletín Oficial, según confirmaron fuentes judiciales consultadas por este portal. La norma introduce un nuevo régimen penal juvenil que reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y contempla un sistema de sanciones graduadas en función de la gravedad del delito.
Para los delitos más graves, entre ellos los homicidios, la ley reserva la privación de libertad y prevé tres modalidades posibles: arresto domiciliario, internación en un instituto de régimen abierto o alojamiento en un centro especializado de detención. La pena máxima para los menores alcanza los 15 años, aunque dos tercios pueden cumplirse bajo libertad condicional, lo que en la práctica reduce el encierro efectivo a un tope cercano a los diez años.
Sanciones alternativas para delitos de menor gravedad
En los casos de hurtos y robos sin armas, la norma habilita medidas alternativas al encierro. Incluso ante robos agravados con armas de fuego, los jueces conservan la facultad de reemplazar la prisión por otras disposiciones, como tobilleras electrónicas, prohibición de asistir a determinados lugares o, en situaciones extremas, la separación del adolescente de su entorno familiar cuando se acredite que ese entorno fomenta la actividad delictiva.
- Dictamen pericial favorable.
- Conformidad del Ministerio Público Fiscal.
- Audiencia previa con la víctima.
- Inexistencia de condenas previas o procesos con auto de procesamiento firme.
Para aplicar cualquiera de esas penas alternativas, la ley exige cuatro requisitos acumulativos: dictamen pericial favorable, conformidad del Ministerio Público Fiscal, que se haya escuchado a la víctima y que el adolescente no registre condenas previas ni procesos con auto de procesamiento firme.
Entre la sanción en el Congreso y la entrada en vigencia, al menos seis menores acusados de homicidio quedaron fuera del alcance del nuevo régimen por haber cometido los hechos con anterioridad. Uno de los casos que no alcanzará la ley es el asesinato del cabo Cristian Gerez, de 36 años, ocurrido el 20 de julio en Loma Hermosa, provincia de Buenos Aires. Los dos imputados, identificados con las iniciales D. A. P. A. (14) y G. N. P. (15), permanecen bajo custodia judicial pero no enfrentarán proceso penal ni condena. Bajo el esquema anterior, un menor considerado inimputable podía permanecer internado en un instituto solo hasta los 18 años, sin registro de antecedentes.
La próxima audiencia vinculada al nuevo régimen penal juvenil fue fijada por la fiscalía a cargo del caso y se desarrollará el 28 de noviembre en los tribunales de San Martín, según fuentes judiciales.
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