Jubilados porteños podrán viajar en subte con solo apoyar el DNI en el molinete, sin límite horario
La Legislatura de la Ciudad aprobó una ley que extiende la gratuidad del subte a jubilados y pensionados con ingresos de hasta 2,5 haberes mínimos y residencia en territorio porteño. El beneficio se activa con el documento nacional de identidad y queda operativo una vez que se complete la reglamentación, con un plazo máximo de 60 días.

Una nueva normativa sancionada por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires establece la gratuidad del subte para jubilados y pensionados que perciban hasta 2,5 haberes mínimos previsionales y acrediten domicilio en territorio porteño. El beneficio se implementará a través del Documento Nacional de Identidad, lo que elimina la necesidad de gestionar credenciales especiales o pases adicionales.
Según lo dispuesto por la ley, una vez completado el trámite de alta en el sistema, el acceso al servicio se habilita apoyando el DNI directamente en el molinete. La medida alcanza también al personal retirado de las Fuerzas Armadas y de las fuerzas de seguridad que resida en la Ciudad y cumpla con el mismo tope de ingresos establecido para los beneficiarios previsionales.
Sin restricciones horarias y con vigencia de cinco años
A diferencia de los esquemas vigentes con anterioridad, la nueva normativa no establece franjas horarias para la utilización del beneficio. El acceso queda habilitado todos los días y durante todo el horario de servicio, lo que constituye una diferencia operativa concreta para aquellos usuarios que requieren el transporte en horarios no convencionales, como turnos médicos tempranos, trámites administrativos fuera del horario habitual o traslados nocturnos.
La habilitación en el sistema tendrá una vigencia de cinco años, con posibilidad de renovación, siempre que el beneficiario continúe cumpliendo con las condiciones de residencia y de ingresos previsionales fijadas por la norma.
Trámite en sedes comunales y reglamentación en 60 días
El procedimiento de alta se canalizará a través de las sedes comunales del Gobierno porteño. La documentación requerida será acotada: DNI, comprobante de domicilio en la Ciudad de Buenos Aires y constancia que acredite el nivel de ingresos previsionales. Con esa información, la administración registra al beneficiario y habilita el acceso correspondiente.
Si bien la ley ya fue sancionada, su implementación efectiva depende del proceso de reglamentación, que debe completarse en un plazo máximo de 60 días. Ese período definirá los puntos de validación, la operatoria técnica en cada estación y la fecha exacta desde la cual el beneficio quedará plenamente disponible para su uso.
- Cobertura: jubilados y pensionados con hasta 2,5 haberes mínimos previsionales y domicilio en la Ciudad de Buenos Aires.
- Incluye retirados de Fuerzas Armadas y de Seguridad que residan en CABA y cumplan el tope de ingresos.
- Acceso mediante DNI apoyado en el molinete, sin credencial ni pase adicional.
- Validez todos los días y en cualquier horario del servicio.
- Habilitación por cinco años, renovable si se mantienen las condiciones.
- Trámite de alta en sedes comunales con DNI, comprobante de domicilio y constancia de ingresos.
- Puesta en marcha sujeta a la reglamentación, con plazo máximo de 60 días.
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