Proyecto para gravar con Ganancias a los CEDEARs: qué cambiaría y desde cuándo
Una iniciativa en tratamiento parlamentario propone quitar la exención de Ganancias a los CEDEARs con una alícuota del 15%, aplicable solo a las compras desde el 31 de octubre de 2026.

Un proyecto de ley que se encuentra en tratamiento en el Congreso busca aplicar el impuesto a las Ganancias a las operaciones con CEDEARs, los certificados que replican activos extranjeros y que hoy gozan de una exención. De aprobarse, el cambio alcanzaría a los certificados comprados a partir del 31 de octubre de 2026, y quienes ya tienen CEDEARs en cartera no quedarían comprendidos de forma retroactiva.
Qué son los CEDEARs y por qué ganaron espacio
Los CEDEARs se compran y venden en el mercado local argentino, pero representan inversiones en acciones, bonos u otros activos que cotizan en el exterior. Su precio varía según la cotización del activo subyacente en el mercado de origen y según el valor del dólar financiero. Esas características les permitieron ganar popularidad entre ahorristas e inversores que buscan dolarizarse sin salir del sistema local.
Cómo funciona la propuesta
Hasta ahora, los CEDEARs quedan amparados por la misma exención de Ganancias que se aplica a los valores negociables argentinos. El proyecto modifica esa lógica mediante el criterio conocido como transparencia fiscal, o look-through: si el activo que está detrás del certificado estuviera gravado en una compra directa, el CEDEAR que lo representa quedaría alcanzado por el mismo tratamiento. La alícuota prevista es del 15%, según indicó Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios.
- Alícuota propuesta: 15%.
- Fecha de corte: compras realizadas a partir del 31 de octubre de 2026.
- Carteras armadas antes de esa fecha: no cambiarían de situación bajo la propuesta vigente.
- Efecto no retroactivo sobre quienes ya poseen CEDEARs.
La diferencia que busca eliminar
Según la descripción del proyecto, hoy quien compra directamente una acción extranjera paga Ganancias, mientras que quien accede al mismo activo a través de un CEDEAR puede quedar exento. Con la nueva regla, ambas vías tendrían el mismo costo impositivo. Para el inversor minorista, el impacto dependerá del rendimiento obtenido y del momento en que compró sus posiciones.
El proyecto todavía debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley. Mientras tanto, el régimen de exención sigue vigente.
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