Saltar al contenido
Viernes, 16 de octubre de 2026
Actualidad y noticias, al instanteBuscar ⌕
Caldenal Noticias

Caldenal Noticias

Portada — Vida —

Una cooperativa de Neuquén no quiso reubicar a un embalador lesionado y la Justicia le puso los puntos

Tras casi once años levantando cajas de fruta, un operario se lastimó el hombro y la empresa respondió que no tenía tareas livianas para ofrecerle. La Cámara de Apelaciones confirmó que esa negativa, sin pruebas concretas, equivale a un despido y la condenó a indemnizarlo.

MV
Marta VillalbaSociedad · · 3 min de lectura
Una cooperativa de Neuquén no quiso reubicar a un embalador lesionado y la Justicia le puso los puntos

El operario de Neuquén, que durante más de una década había entrado cada mañana al galpón de empaque para armar y cargar cajas de peras y manzanas, todavía puede escuchar el rumor de esa fruta rodando por la línea. El viento de agosto de 2021 soplaba frío sobre los árboles de la región y dentro del galpón él sintió otra cosa: un pinchazo en el hombro derecho que, con el correr de los meses, le cambió la vida. Había ingresado en enero de 2011 como embalador de primera categoría en una cooperativa de la zona, nunca había recibido una sanción y de un día para otro se encontró envuelto en un litigio que, cuatro años después, terminó con un fallo en su favor.

La lesión ocurrió mientras hacía su trabajo habitual. La ART se hizo cargo del tratamiento durante ocho meses y en abril de 2022 le otorgó el alta con una restricción clara: solo podía reincorporarse si le asignaban tareas adecuadas a su limitación. Levantar cajas quedaba afuera de lo posible. Con esa constancia médica en la calle, el hombre mandó un telegrama pidiendo volver. La cooperativa respondió por carta documento: reconoció la restricción pero dijo, en seco, que no tenía ningún puesto disponible que se ajustara a ella. El operario volvió a escribir, esta vez detallando los sectores del galpón en los que, según su propia experiencia, podía desempeñarse sin esfuerzo sobre el hombro. La respuesta fue la misma. Ante ese callejón sin salida, se consideró despedido en forma indirecta, la figura que la ley les reconoce a los trabajadores cuando entienden que la patronal no les dejó margen.

Lo que dijeron los compañeros

En el juicio declararon seis compañeros de trabajo. Todos describieron tareas concretas que se hacen todos los días en el galpón y que no requieren levantar peso: el sellado de etiquetas, el fichado de cajas con engrudo y el colgado en el sector conocido como el aéreo. Varios coincidieron en que, cada vez que alguien se lastimaba o no podía cargar bultos, la empresa lo reubicaba en esas funciones. Uno de ellos contó que al menos cuatro embaladores habían sido pasados a otros sectores en situaciones parecidas. Esos testimonios, dijo el juez Luis Trani del Juzgado Laboral N°3 de Neuquén, fueron coherentes, ordenados y concordantes, y sirvieron para demostrar que la cooperativa tenía margen real de reubicación y eligió no usarlo.

El fallo además dejó en claro un principio clave para este tipo de disputas: cuando una empresa alega que no tiene un puesto disponible para alguien con limitaciones de salud, la carga de la prueba corre por cuenta de ella. No basta con decir que no hay lugar, hay que mostrarlo. La cooperativa, según la sentencia, no lo hizo.

  • El operario llevaba más de diez años en la cooperativa sin sanciones previas.
  • La lesión se produjo en agosto de 2021 y el alta con restricciones llegó en abril de 2022.
  • La empresa respondió dos veces por carta documento que no tenía tareas compatibles.
  • Seis compañeros declararon que existían tareas livianas como sellar etiquetas, fichar cajas y colgar en el aéreo.
  • La condena quedó en 676.751 pesos más intereses desde 2022, muy por debajo de los más de 4,5 millones que había reclamado el operario.

Desde aquella mañana fría de agosto en que se lastimó, pasaron más de cuatro años para que la Cámara de Apelaciones confirmara lo que el juez de primera instancia había decidido. El operario, mientras tanto, se acostumbró a vivir con el hombro limitado y a reconstruir su rutina lejos del galpón donde había pasado casi una década. La sentencia no le devuelve las cajas de fruta ni las mañanas en la línea de empaque, pero le devuelve algo que la cooperativa le había quitado en los papeles: la certeza de que la ley, cuando se la invoca con nombres y apellidos, todavía puede torcerle la mano a una negativa sin fundamentos.

MV
Marta VillalbaSociedad

Comentarios

0

Todavía no hay comentarios. Sé el primero.

Seguí leyendo