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Domingo, 25 de octubre de 2026
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Una estación de servicio de Pergamino deberá pagar $7 millones por dañar un auto diésel

El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino condenó a una estación de servicio a abonar $7.010.000 más intereses a un cliente de 26 años al que cargaron nafta en lugar de gasoil. El error destruyó el motor de su Renault Clio.

NC
Norma CuelloPoliciales y judiciales · · 2 min de lectura
Una estación de servicio de Pergamino deberá pagar $7 millones por dañar un auto diésel

Una estación de servicio de Pergamino, provincia de Buenos Aires, deberá abonar $7.010.000 más intereses a un cliente de 26 años al que le cargaron nafta en lugar de gasoil. El hecho ocurrió el 15 de octubre de 2022 y el daño inutilizó el vehículo, según la sentencia del Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino.

El error y sus consecuencias

El joven llegó a la estación para cargar gasoil por $2.000 en su Renault Clio diésel. El empleado despachó nafta por error. Al salir del surtidor, el vehículo falló y se detuvo a pocos metros. El propio playero reconoció la equivocación.

El automóvil fue trasladado sin encender a un taller cercano. Tras la revisión, el conductor lo retiró, pero a menos de una cuadra el motor volvió a apagarse y no volvió a funcionar. La pericia mecánica producida en el juicio determinó que la nafta ingresada en un motor diésel daña el sistema de inyección por falta de lubricación.

  • Vaciar el tanque.
  • Limpiar el circuito de combustible.
  • Cambiar los filtros.
  • Reemplazar inyectores y la bomba, en ciertos casos.

La condena, concepto por concepto

La empresa negó responsabilidad, cuestionó la documentación y sostuvo que los montos reclamados eran excesivos. El tribunal rechazó esa postura. Valoró el comprobante de pago, los testimonios de la audiencia y el informe del perito para reconstruir la secuencia: el cliente pidió gasoil, pagó y el error fue advertido dentro de la propia estación.

El juzgado aplicó el principio de carga dinámica de la prueba. Dhqui: quien estaba en mejores condiciones de explicar qué ocurrió era la empresa, y no lo hizo.

“Quien estaba en mejores condiciones de explicar qué ocurrió era la empresa, y no lo hizo.”Sentencia del Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino

La sentencia encuadró el caso como una relación de consumo y fijó cuatro rubros. Por daño material, $3.500.000, sobre la base del presupuesto de reparación validado por el perito. Por la imposibilidad de usar el auto durante el período de reparación, $210.000. Por daño moral, $1.800.000, considerando las gestiones realizadas, el reclamo ante organismos de defensa del consumidor y la necesidad de llegar a juicio. Y por daño punitivo, una multa civil de $1.500.000, orientada a desalentar conductas que dejen a los consumidores en situación de desigualdad frente a proveedores profesionales.

La condena deberá abonarse dentro de los diez días posteriores a la notificación. Los intereses correrán desde la fecha del hecho, con un esquema diferenciado para el daño material. Las costas del juicio quedan a cargo de la demandada.

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