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Jueves, 22 de octubre de 2026
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ARCA aplica rebajas automáticas y extraordinarias a multas administratives

La Ley 27.826 modifica el régimen sancionatorio del organismo recaudador y habilita descuentos del 25% y del 50% paraContributoros que regularicen obligaciones pendientes, bajo condiciones legales estrictas.

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Ivana PederneraCampo y producción · · 2 min de lectura
ARCA aplica rebajas automáticas y extraordinarias a multas administratives

La nueva Ley 27.826 establece una reducción automática del 25% sobre determinadas multas formales aplicadas por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, conocida como ARCA. El beneficio alcanza a micro, pequeñas y medianas empresas, personas físicas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no estén categorizadas como Grandes Contribuyentes Nacionales.

La norma, cuya vigencia comienza el 9 de octubre de 2026, también contempla una rebaja extraordinaria del 50% para multas Originadas por infracciones cometidas antes de esa fecha, siempre que las obligaciones relacionadas hayan vencido desde el 2 de enero de 2026 y las sanciones todavía se encuentren impagas. En ambos casos, el contribuyente debe cumplir la obligación que dio origen a la multa antes de solicitar el descuento o de manera simultánea.

La escala de sanciones bajará en distintos tramos

El descuento permanente modifica de pleno derecho los importes de algunas infracciones. Por ejemplo, la multa por falta de presentación de una declaración jurada de una sociedad pasa de 440.000 pesos a 330.000 pesos, mientras que para una persona física disminuye de 220.000 a 165.000. En el máximo de la escala, la sanción por resistencia a la fiscalización baja de 35 millones a 26 millones 250.000 pesos.

  • La reducción permanente es del 25% y no requiere un trámite específico para aplicarse.
  • La rebaja extraordinaria es del 50% y está dirigida a multas anteriores al 9 de octubre de 2026 que continúan impagas.
  • El beneficio exige regularizar la obligación que originó la infracción.
  • La adhesión supone aceptar la parte de la sanción que no se reduce y renunciar a reclamos vinculados con ella.
  • Las multas ya pagadas no generan derecho a devolución.

El acceso a la rebaja extraordinaria también está condicionado al estado de la sanción. Si todavía no está firme, el contribuyente puede solicitarla; si ya fue firme, debe permanecer impaga. En caso de existir un litigio en curso, la adhesión al beneficio implica hacerse cargo de las costas, según lo establece la nueva ley.

El régimen no modifica todas las sanciones del organismo. Los descuentos se aplican sobre infracciones vinculadas con de presentación de declaraciones juradas, incumplimiento de requerimientos, deberes formales generales y(regímenes de información, entre otrasIterationes previstas en la Ley de Procedimiento Fiscal 11.683. La medida fue incorporada al marco legal por la Ley 27.826 y_adjusta de manera diferenciada las escalas aplicables a los contribuyentes comprendidos.

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Ivana PederneraCampo y producción

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