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Martes, 27 de octubre de 2026
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Gas: quiénes mantienen la rebaja por Zona Fría y cómo acceder al beneficio adicional

El régimen contempla una bonificación automática para las zonas incluidas en el mapa y otra para determinados hogares de bajos ingresos que quedaron fuera de esa cobertura.

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Camila SalinasEconomía · · 2 min de lectura
Gas: quiénes mantienen la rebaja por Zona Fría y cómo acceder al beneficio adicional

La Secretaría de Energía estableció los alcances del Régimen de Zona Fría para las tarifas de gas natural y gas propano indiluido por redes. La medida comprende una bonificación automática del 50% para usuarios residenciales y del Servicio General P ubicados en las regiones incluidas en el mapa del régimen (Resolución 299/2026).

Las distribuidoras y subdistribuidoras deberán incorporar la rebaja directamente en las facturas, sin que los usuarios deban solicitarla. La resolución cubre los consumos desde el 13 de octubre, fecha en la que entró en vigor la ley que creó el esquema.

Qué ocurre con los hogares que quedaron fuera del mapa

La cobertura es más acotada que la del régimen anterior: cerca de 1,6 millones de hogares incorporados al mapa ampliado en 2021 dejaron de recibir la bonificación automática por ubicación geográfica. Entre ellos hay usuarios de Mar del Plata, Bahía Blanca, Tandil, Olavarría y Pergamino.

Para quienes quedaron fuera de la cobertura general, la norma prevé una bonificación adicional del 20% sobre el Precio Anual Uniforme del gas, aplicada a los Consumos Base (Resolución 299/2026). Se trata de una rebaja complementaria a la que ya reciben los beneficiarios de los Subsidios Energéticos Focalizados, no de un reemplazo.

Los requisitos para la bonificación adicional

El acceso al descuento adicional exige cumplir todas las condiciones previstas en la norma, además de otros criterios socioeconómicos establecidos por la ley:

  • Estar inscripto en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados.
  • Residir en alguna de las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, según la norma IRAM 11.603/12.
  • No estar incluido en el esquema general de bonificación del 50%.
  • Tener ingresos familiares de hasta tres Canastas Básicas Totales.

La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética identificará a los beneficiarios mediante el cruce de datos geográficos con el registro de subsidios. El padrón resultante quedará a disposición del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad para que notifique a las distribuidoras.

Camila Salinas, Economía.

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Camila SalinasEconomía

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